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Condiciones generales de reserva
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EMBARCACIONES CON TRIPULACIÓN
CONDICIONES ESPECIALES
UTILIZACIÓN DE LA EMBARCACIÓN
El Arrendatario se compromete a dar buen uso y a mantener la embarcación en buena condición, así como a responder de la integridad de cuanto figura en el inventario, respondiendo, por consiguiente, de cualquier daño, rotura sustracción o pérdida.
El patrón será responsable de la embarcación y de navegar bajo las medidas de seguridad oportunas, con lo cual el Arrendatario y el resto de pasajeros se comprometen a obedecer las indicaciones del patrón y la tripulación en todo momento.
El arrendatario responde de todos los actos de las personas indicadas en la lista de pasajeros. El Arrendatario se obliga a no embarcar mayor número de personas que las autorizadas por la compañía aseguradora, debiendo utilizar la embarcación para la navegación de placer, estándole expresamente prohibido el comercio, subarriendo, cesión, pesca profesional, transporte, regatas, así como cualquier actividad o uso prohibidos por la ley. En el caso que así fuere, el Arrendatario responderá personalmente ante las autoridades correspondientes, aún en el caso de falta involuntaria. Si cualquiera de estas circunstancias conllevara la inmovilización de la embarcación, pagará el Arrendador una indemnización igual a la tarifa de alquiler el vigor durante el tiempo de retención de la embarcación. En el caso de confiscación deberá rembolsar el valor del barco en un plazo de 10 días siendo fijado su precio, desde el momento y de común acuerdo, como el que figura en la póliza de seguro del barco arrendado.
La validez de este contrato queda supeditada, como cláusula suspensiva al abono por parte del Arrendatario del 100% del importe total del arrendamiento.
La cantidad entregada en concepto de depósito APA será utilizado para cubrir todos los gastos devengados del arrendamiento que no están incluidos en la tarifa de alquiler (ejemplo: el consumo de combustible, aprovisionamiento de comida y bebida, tarifa de amarre fuera de puerto base,…). En caso de no aplicarse el depósito APA, el arrendatario tendrá que abonar los gastos devengados del alquiler antes de desembarcar. En caso de que el APA fuera mayor a los gastos devengados, el resto será devuelto al arrendatario; en caso de que el APA no cubriera suficientemente los gastos devengados, el arrendatario se obliga a abonar la diferencia. La cantidad a abonar por combustible será calculada basándose en las horas de motor utilizadas durante cada día de navegación o en las millas navegadas y teniendo en cuenta el consumo de la embarcación. En caso de no haberse recaudado un depósito antes del embarque, el combustible se tendrá que abonar antes del desembarque.
El contrato se entenderá perfeccionado en el momento de la entrega de la embarcación, que por el Arrendador, se hará de buena fe para que coincida con la fecha estipulada. En el caso contrario, será de abono de exceso dinerario, si lo hubiera, o la compensación económica equivalente.
El hecho de que el arrendatario se vea privado de utilizar la embarcación parcial o definitivamente debido a una avería producida durante el periodo de arrendamiento, no le dará derecho a solicitar el reembolso de las cantidades abonadas, salvo en el caso que fuera imputable la oportunidad de prestación del servicio, en cuyo caso el Arrendatario será reembolsado por días que faltasen hasta el cumplimiento del contrato.
Si por motivos de averías o por cualquier causa ajena a la voluntad de la arrendadora, producidas con anterioridad al inicio del arrendamiento, no fuera posible entregar la embarcación arrendada, se le entregara una embarcación de iguales o similares características. En caso de no ser posible, y a elección del arrendatario, se le entregará una embarcación de categoría inferior (con la consiguiente devolución de la diferencia proporcional del precio del arriendo) o devolverá el íntegro precio pagado hasta ese momento por el arrendamiento.
El arrendatario se compromete a pagar al arrendador la cantidad resultante al precio pactado en el contrato de alquiler, correspondiente a duración, seguros, equipamiento y servicios complementarios, así como los impuestos y las tasas aplicadas. El importe de los daños sufridos, total o parcialmente y que no estén amparadas por las exenciones contratadas por el arrendatario. La cantidad correspondiente a las multas por cualquier infracción a la legislación vigente, así como los cargos correspondientes en el retraso del pago y los gastos judiciales o extrajudiciales en que hubiera podido incurrir el Arrendador como consecuencia de lo anterior.
La embarcación objeto del presente contrato se halla cubierta con la póliza de seguro, una copia de la cual está a bordo, manifestando el arrendatario conocer su contenido y alcance, obligándose a tomar cuantas medidas sean precisas para actuar conforme a las obligaciones que en ella se contienen, siendo, en su caso, el único responsable de las consecuencias derivadas del incumplimiento de tales obligaciones.
El período de duración del arrendamiento prevenido en las condiciones particulares del presente contrato no podrá ser variadas o alteradas sin autorización. La duración del arrendamiento será de 8 horas entre las 10:30am y las 8pm del mismo día. Las modificaciones en la duración del contrato deben ser aprobadas por el arrendatario.
BIENES PERSONALES DE LOS PASAJEROS DURANTE EL CONTRATO.
La arrendadora no se hace responsable de los daños o pérdidas que puedan producirse durante el plazo de arrendamiento en los bienes personales de los pasajeros.
CANCELACIONES Y ANULACIONES.
El arrendatario, y antes de 15 días a la fecha prevista de entrega de la embarcación, podrá desistir unilateralmente del contrato de arrendamiento sin obligación de indemnización y con derecho a devolución de las cantidades entregadas. En el improbable caso de tener que cancelar la reserva, se aplicarán las siguientes devoluciones sobre el precio de alquiler:
Las reservas solo serán confirmadas una vez se reciba el pago del 50% del total del importe de alquiler en concepto de reserva. La cantidad restante deberá ser abonada antes del embarque. La suma de estos importes se reconoce como precio del alquiler. En el caso de tener que cancelar la reserva, se aplicarán las siguientes devoluciones sobre el precio de alquiler:
CONDICIONES METEOROLÓGICAS ADVERSAS
En caso de que las condiciones climatológicas no permitan que el alquiler se realice en el día reservado, el cliente recibirá la devolución del 100% del importe o en su defecto, se modificará la reserva para otra fecha en función de la disponibilidad. Esta cláusula de condiciones climatológicas adversas, se aplicará si existen ráfagas de viento de más de 25 nudos, oleaje (mar gruesa) de más de 1.5 metros de altura o si está lloviendo en el momento del embarque. El capitán y la empresa fletadora, se reserva el derecho a cancelar cuando considere que la seguridad de los pasajeros a bordo no pueda ser garantizada debido a las condiciones meteorológicas.
El presente contrato se regirá y será interpretado de acuerdo con las leyes del país en que se haya firmado. Para cuanta controversia pudiera surgir del contenido o interpretación del presente documento, ambas partes, con expresa renuncia al fuero propio o aquel al que pudiera acceder se compromete de mutuo acuerdo a los jueces y tribunales de Ibiza y superiores jerarquías correspondientes.
En el caso del incumplimiento de las obligaciones contenidas en este contrato, el arrendatario responde junto con todos los miembros de su tripulación a las responsabilidades que se deriven. En el supuesto de que se produzcan reclamaciones por parte de un tercero, contra el arrendatario, esta libera al arrendador de cualquier responsabilidad. De las faltas cometidas por el patrón del barco responde también conjuntamente el Arrendatario.
FIRMAS
Por la presente, en fe de su aceptación de los términos anteriores, las partes o sus representantes autorizados estampan sus firmas: